El Barakaldo CF quiere informar que, acogiéndose a la legalidad vigente –el Artículo 22.4. de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales–
El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador
Por tanto, el club no está autorizado a dar información sobre las lesiones de sus jugadores así como su alcance.