Comunicado el 23 de enero de 2020
A través de la presente nota informativa se pone en conocimiento de los socios y las socias del Barakaldo CF de cuanto sigue.
Es obligación de todo/a socio/a del Barakaldo CF el pago de las cuotas sociales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 b) de los Estatutos sociales de la entidad. El artículo 13 c) de los Estatutos sociales del Barakaldo CF establece que es causa de la pérdida de la condición de socio/a del club deportivo la falta de pago de la cuota anual.
Algunos/as socios/as, pese al tiempo transcurrido, tienen pendiente el pago de la cuota anual ordinaria. Es por ello que por decisión de la Junta Gestora del Barakaldo CF se ha determinado que:
a) Hasta el día 15 de febrero de 2020 aquellos/as socios/as que tengan pendiente el pago de la cuota social ordinaria del ejercicio podrán y deberán proceder al abono de la misma.
b) En el caso de que dentro del citado plazo no se realizase el pago de la cuota social ordinaria pendiente, conforme a lo dispuesto en los Estatutos del club deportivo, se procedería a dar de baja como socio/a de aquellas personas que no hubiesen regularizado su situación, y ello sin necesidad de más trámites o comunicaciones a los/as interesados/as. En tal sentido, se recuerda que la pérdida de la condición de socio/a conlleva la pérdida de los derechos que comporta dicha condición y que aparecen previstos en los Estatutos del Barakaldo CF.
Es por ello que, a través de la presente comunicación, se informa a los/as socios/as que resultasen afectados/as por el contenido de lo señalado a los oportunos efectos.